El efecto del actual coronavirus también afecta acuerdos de alquiler, ¿como enfrentarlo?
- lreque@remaxplatinum.pe
- Apr 6, 2020
- 3 min read
Updated: Apr 9, 2020
La Doctora Marina Fuentes, directora de la Sociedad Peruana de Bienes Raices nos Explica de que manera afecta y propone que medidas se podrían aplicar:
El Congreso de la República a raíz de esta situación ha planteado el Proyecto de Ley N° 4894/2020 que propone suspender el cobro de servicios de agua, energía eléctrica, gas, telefonía fija, celular, internet, pago de alquileres y préstamos de entidades del sistema financiero. Sin cobro de alguno de interés o mora aplicables, por un plazo de dos meses.
Ante esta propuesta, debemos señalar, que la contrastación entre propietarios arrendadores de inmuebles pequeños o medianos con grandes empresas como son las entidades bancarias o financieras o empresas de telecomunicaciones no es factible. La diferencia es abismal se trata de personas y deudas de condiciones diferentes, que lo que haría es trasladar las deudas de un individuo a otro y no solucionaría el real problema. A quienes afectaría directamente este proyecto de ley en su mayoría son personas naturales las cuales cuentan con el ingreso de la renta mensual para tener una vida tranquila y en muchos casos de subsistencia.
Por otro lado, esta situación de carácter extraordinario y excepcional nos obliga a redefinir, replantear, reinventar todas las actividades humanas, nos exige ahora más que nunca a ser productivos, eficientes y creativos, teniendo como base fundamental desechar el individualismo y exaltar valores como la solidaridad y respeto para con el prójimo. Esta crisis es transversal afecta a todos los ciudadanos en diferentes niveles, encontrándonos ante una incertidumbre, pues no sabemos cuánto va a durar, unos meses, un año o quizás dos.
Lo real es que muchos de los arrendatarios tendrán dificultad para cumplir con sus obligaciones pactadas en el contrato de arrendamiento, siendo un hecho imprevisible e inevitable como es la pandemia, el objetivo es que tanto el propietario como el inquilino salgan lo menos perjudicados posible de este momento escabroso como el que estamos viviendo.
Cada caso particular es diferente, y se tendrá que revisar el contrato y negociar sus cláusulas, exponiendo arrendador y arrendatario de forma transparente la situación de cada uno. Aquí tienen una tarea importante el abogado y/o agente inmobiliario.
Proponemos varias alternativas, que se tendrán que materializar en una adenda o cláusula adicional, a saber:
Rebajar temporalmente la renta mensual
Rebajar la renta hasta la culminación del contrato
Postergar el pago por una cantidad de meses.
Prorratear los montos que no se pagan en los meses posteriores
Suspensión del abono por un mes y después reanudar el pago de la renta distribuyendo los pagos no pagados.
Pago escalonado cada dos meses.
Fraccionamiento del pago en cuotas de menos a más
Condonación de la deuda en dos meses.
Las partes deberán determinar el pago o no de intereses.
En resumen, cada caso es singular, peculiar, lo importante es que ambas partes piensen en el otro, solidariamente, todos en estas circunstancias vamos a sufrir una pérdida económica. Lo importante es que sea lo menos posible. Si pactamos la resolución del contrato que también es una posibilidad, estaremos consientes que encontrar un nuevo inquilino tomará su tiempo y consecuentemente no tendremos ningún ingreso económico. Esta medida sólo es recomendable cuando el arrendatario es deudor, y lo mejor que podríamos hacer es que se retire lo antes posible.
En todo caso, cualquiera sea la solución que se obtenga, si no se basa en la realidad del negocio o la situación económica del arrendatario y el arrendador, este acuerdo será insostenible en el tiempo. Así es que lo más saludable es ser transparentes y realistas en la negociación.




Comments